Los contratistas de mejoras de vivienda no podrán certificar que han remitido una aplicación completa con la División de Asuntos del Consumidor antes del 31 de Diciembre del año 2005 para obtener un permiso de construcción.
Comenzando el 1º de enero del 2006, cualquiera que hace o vende mejoras de vivienda con respecto a propiedades residenciales en el Estado de Nueva Jersey tiene que registrarse con la División de Asuntos del Consumidor -a no ser que especificamente esté exento bajo la ley- y no podrá obtener permisos de construcción sino está registrado.
Cada contratista registrado debe:
• mantener un seguro de responsabilidad general de un mínimo de $500,000 dólares por incidente;
• poner el número de registración en el lugar de negocio, en todos los anuncios, en todos los documentos incluyendo contratos y en todos los vehículos comerciales;
• cada contrato que cueste más de $500 dólares debe estar por escrito, conteniendo todos los términos y condiciones del contrato incluyendo: precio; descripción del trabajo que se va a hacer; materiales que se van a usar; y la fecha o el periodo de tiempo dentro del cual el trabajo se va a empezar o terminar. El contrato debe estar firmado por todas las partes envueltas;
• proveer una copia del certificado de seguro de responsabilidad general con el contrato;
• cumplir con todos los otros requisitos de la ley y la regularizaciones que puede ver yendo a : www.njconsumeraffairs.gov/contractors/hcrules.htm